La Denominación de Origen Protegida (DOP) es un término que cada vez nos resulta más familiar y que siempre va asociado a productos alimenticios de alta calidad. En España, existen algo más de 200 denominaciones de origen, junto a otros sellos o certificados como la Indicación Geográfica Protegida (IGP) o la Especialidad Tradicional Garantizada (ETG), que también hacen referencia al origen y a las características de un determinado producto.
Vinos, quesos, aceites o jamones son algunos de los alimentos que pueden estar reconocidos con estas certificaciones, pero no los únicos, porque también puedes encontrar frutas y hortalizas, cereales e incluso mariscos. Denominaciones e indicaciones son una excelente fuente de información para los consumidores de España y también de toda Europa, por lo que, conviene tener claro qué es una Denominación de Origen Protegida (DOP) y qué reconoce exactamente, así como otros aspectos interesantes ligados a ella.
Origen, objetivos y funcionamiento de las DOs
El interés por destacar la procedencia y la calidad de un alimento no es algo nuevo. En Europa y en concreto en el sector vitivinícola, los productores de determinadas zonas, conocedores del valor de sus vinos, vieron la necesidad de remarcar, de alguna manera, su elevada calidad derivada de su origen para diferenciarlos, así, de otros productos similares.
De esta realidad, en los principales países productores, especialmente España, Francia e Italia, surgió el concepto de denominación de Origen apareciendo las primeras en los mercados nacionales e internacionales en los inicios del siglo XX.
En la actualidad, las denominaciones o indicaciones son un reconocimiento administrativo que se concede a un determinado producto alimenticio siempre teniendo en cuenta esa calidad derivada de su ámbito geográfico, un ámbito que puede ser de extensión variable, desde un pequeño pueblo, hasta una región, comarca, o incluso áreas con características comunes que pertenezcan a distintas comunidades autónomas.
El objetivo de estos reconocimientos es múltiple. Con ellos se pretende, por un lado, mantener inalterable la calidad de un alimento, apoyando a sus productores con un sello reconocible de calidad extra y, por otro, verificarla autenticidad de ese producto para evitar posibles fraudes a los consumidores con otros ‘similares’ de calidad, generalmente, inferior.
Los consejos reguladores son los que conceden las denominaciones previa solicitud por parte de cooperativas o agrupaciones de productores y una vez hechas las debidas comprobaciones que establezcan que el alimento que aspira de una determinada denominación cumple con todos los estándares de procedencia y calidad exigibles.
Las distintas denominaciones: los sellos de calidad europeos
A la hora de disfrutar saboreando productos de calidad es importante saber lo que estamos adquiriendo y, en este sentido, las indicaciones y sellos que pueden aparecer el ellos proporcionan valiosa información si sabemos reconocer su significado.
Tanto los regímenes de calidad de la Unión Europea como la legislación española establecen una serie de denominaciones que hacen referencia a productos con características únicas relacionadas con un ámbito geográfico y, en algunos casos, también con métodos tradicionales de elaboración. El objetivo es lograr su protección y además incrementar su promoción en optimas condiciones. Son denominaciones que, en la mayoría de los casos, establecen derechos de propiedad intelectual y cada una de ellas tiene sus propias especificaciones.
Denominación de Origen Protegida (DOP)
Las DOPs se asignan a distintos tipos de alimentos y también a los vinos y es el sello que indica una mayor vinculación del producto con su zona de procedencia. La denominación de origen indica que el alimento que la lleva está hecho exclusivamente con materias primas propias de la zona geográfica a la que hace referencia y, además, garantiza que todo el proceso de transformación, de principio a fin, se desarrolla en ese lugar concreto. Como ejemplo, un vino con DOP Jerez solo podrá elaborarse con uvas procedentes de viñedos jerezanos que serán tratadas (despalilladas, prensadas, fermentadas…) y conservadas en las bodegas de esta zona de Andalucía.
Indicación Geográfica protegida (IGP)
Al igual que en caso anterior, la IGP es un distintivo que destaca la calidad de un producto que resulta único por las características que le otorga el lugar del que procede. Las indicaciones geográficas protegidas pueden otorgarse a alimentos, vinos y también a productos agrícolas. Estos productos deben elaborarse exclusiva o mayoritariamente con materias primas de la zona, pero parte de su proceso de transformación puede realizarse en otro lugar.
Indicación Geográfica (IG)
Una IG es una certificación con las mismas características que una IGP, pero designada únicamente a bebidas espirituosas y vinos aromatizados.
Especialidad Tradicional Garantizada (ETG)
A diferencia de las anteriores denominaciones, en las ETGs el factor geográfico, aunque se tiene en cuenta, no es el más relevante. En este caso, se trata de alimentos elaborados que destacan sobre otros similares porque parten de materias primas naturales que se transforman siguiendo únicamente métodos tradicionales, logrando, así, mantener su composición inalterable y su sabor y calidad de antaño.
Producto de las Regiones Ultraperiféricas de la UE
Este es un sello que hace referencia a productos agrícolas y alimenticios que se producen en regiones ultraperiféricas como las Islas Canarias.
¿Qué productos tienen denominación de origen?
El reconocimiento y la revalorización que supone para un alimento o producto contar con una DOP, así como la confianza que genera en el consumidor son factores que han hecho que su numero haya aumentado de manera notable en las últimas décadas. Para que te hagas una idea, el conjunto de denominaciones de este tipo era en España, en 1988, de 15 y, ya en 2020 el número ascendía a 202 (datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación).
En cuanto a los grupos de alimentos que las pueden llevan son muy variados, aunque entre los que poseen cifras más elevadas destacan: los vinos, los aceites de oliva virgen, los quesos y las hortalizas. El jamón serrano, la leche de granja, los panellets y las tortas de aceite de Castillejo de la Cuesta son, por ahora, los únicos productos españoles considerados Especialidades Tradicionales Garantizadas. En cuanto a las DOP y las IG, una pequeña muestra, que incluya algunas de las más populares y también algunas de las menos conocidas, podría ser:
- Vinos: Rioja, denominación de origen supra – autonómica que abarca vinos procedentes de zonas de La Rioja, Navarra, País Vasco y Burgos; Ribera del Duero (Castilla y León), Albariño (Rías Baixas), vino de Toro (Zamora), Valdepeñas (Castilla la Mancha), Bierzo (Castilla León), Cariñena (Aragón), Manzanilla (San Lucar de Barrameda) …
- Aceites de oliva virgen: Sierra Mágina (Jaén), Antequera, Baena, Priego de Córdoba y Montes de Granada (Andalucía)
- Quesos y embutidos: Cabrales, Idiazábal, Majorero (Canarias), queso Tetilla (Galicia), Torta del Casar, jamones e ibéricos de Guijuelo (Castilla León), de Jabugo (Huelva) Cecina de León, chorizo de Cantimpalos (Castilla León), Botillo de Bierzo, lacón gallego, morcilla de Burgos…
- Otros: La lista es extensa e incluye alimentos y productos de calidad óptima, dulces y salados, para todos los gustos: los ajos de Las Pedroñeras, los espárragos de Navarra, las alcachofas de Tudela, la ensaimada de Mallorca, el mazapán de Toledo, el turrón de Xixona, la miel de la Alcarria, el mejillón de Galicia, la aceituna aloreña de Málaga, el melocotón de Calanda (Aragón)… un sinfín de alimentos de máxima calidad que es un placer llevar a la mesa.
Únete a la conversación