Cuando viajamos resulta imprescindible conocer nuestros derechos para defendernos ante situaciones inesperadas o condiciones abusivas que, aunque deseamos que no sucedan, en alguna que otra ocasión nos pueden ocurrir. Esto resulta especialmente relevante en circunstancias como las actuales.
Para facilitarte las cosas antes de subirte al avión, te contamos cuáles son tus derechos como pasajero si has organizado un viaje para este verano. Gracias a la plataforma Reclamación de Vuelos podrás hacer frente a cualquier imprevisto sin que te arruinen demasiado las vacaciones o tus desplazamientos por motivos familiares o laborales.
Derechos de los pasajeros por overbooking
El Reglamento Europeo 261/2004 de la UE regula los derechos de los pasajeros en materia de overbooking, retrasos y cancelaciones cuando la compañía aérea es europea o cuando el avión despega de un territorio europeo.
Cuando hay overbooking y se deniega el embarque a pasajeros, la compañía aérea debe pedir a algunos de ellos que renuncien a sus reservas voluntariamente a cambio de algún beneficio. Si no hubiera voluntarios o si su número resultara insuficiente, la aerolínea está en su derecho de denegar el embarque a los que desee, pero tendrá que indemnizarles inmediatamente. En caso contrario, puedes reclamar.
No obstante, la compañía puede denegar el embarque cuando no se presenta la documentación adecuada o por motivos de seguridad o de salud.
Derechos de los pasajeros por cancelaciones de vuelos
La aerolínea está obligada a informar a los pasajeros de la cancelación de un vuelo y ofrecerles un transporte alternativo al día siguiente. Pero si te avisan con menos de dos semanas de antelación, también tienes derecho a una compensación económica.
Excepcionalmente, si se cancela por causas de fuerza mayor o circunstancias extraordinarias, no hay obligación de ofrecer compensación alguna. Entre las causas más habituales se encuentran los problemas de seguridad y la climatología. Ten en cuenta que las huelgas de pilotos no se consideran circunstancias extraordinarias.
Derechos de los pasajeros por cancelaciones de vuelos por COVID-19
Si tu vuelo se cancela por la COVID-19, la compañía tiene la obligación de reembolsarte el coste del billete y, solo si estás de acuerdo, puede sustituirlo por un bono o vuelo alternativo. Sin embargo, las cancelaciones por el coronavirus no generan derecho a una indemnización, ya que se considera una circunstancia extraordinaria. No obstante, si la aerolínea solo ofrece el bono y no te devuelve el dinero del billete, sí puedes reclamar para que lo haga.
En el supuesto de que seas tú el que desea cancelar el vuelo con motivo de la COVID-19, deberás leer muy bien las condiciones de cancelación de vuelos de la compañía aérea o agencia de viajes, ya que puede que no tengas derecho a reclamar. De igual modo, si el avión estuviera lleno y decides no volar, renunciarías tú mismo al billete, por lo que tampoco podrías presentar una reclamación.
Derechos de los pasajeros por retrasos
El Reglamento Europeo determina el tiempo necesario para considerar que existe retraso en un vuelo respecto a su hora de salida. En los vuelos de hasta 1500 kilómetros, la demora ha de ser superior a 2 horas. Para los vuelos entre 1500 y 3500 kilómetros, así como los intracomunitarios, el tiempo debe superar las 3 horas. Y en cualquier vuelo si la demora es de más de 4 horas.
En estos casos, tienes derecho al abono del importe íntegro de tu billete o al reembolso en forma de bonos si llegas a un acuerdo con la compañía. Además, ya sea por el retraso prolongado de un vuelo o por su cancelación, tienes derecho a comida y bebida, así como alojamiento y dos llamadas telefónicas sin coste alguno.
En los supuestos de cancelaciones, retrasos y overbooking, las indemnizaciones a los viajeros oscilan entre los 250 y los 600 euros. Y dispones de varios años de plazo para reclamar en concepto de daños y perjuicios. Por eso resulta imprescindible que siempre guardes copia de la documentación, tarjetas de embarque, correos, resguardos y facturas por aquellos gastos ocasionados de los que dispongas.
Derechos de los pasajeros por daños o pérdida de equipaje
Para defender tus derechos por daños o pérdida de equipaje, hay que estar a lo dispuesto en el Convenio de Montreal, al igual que con las reclamaciones por retrasos, cancelaciones y overbooking de vuelos de aerolíneas no europeas o que no partan de un país europeo.
La compañía aérea es la responsable de los daños en el equipaje desde el momento que lo tiene en custodia y también cuando los desperfectos son culpa de sus empleados. Dispones de un plazo de 6 días para presentar una reclamación por escrito si tu equipaje está dañado. Si lo han perdido, puedes reclamar transcurridos 21 días, y tienes derecho a indemnización aunque luego lo encuentren.
Por eso, si eres una persona que viaja de forma habitual, estamos seguros que en alguna ocasión has sufrido las consecuencias de un mal servicio por parte de alguna aerolínea. Y es que, los retrasos, cancelaciones, overbooking o equipaje perdido están a la orden del día en todas las compañías aéreas. Te recordamos que las reclamaciones Vueling Iberia, Ryanair o a cualquier otra aerolínea, son difíciles de conseguir si no se realiza con un especialista. Contacta con abogados especialistas en reclamar vuelos y consigue tu indemnización.
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